Varias parejas de peruanos viajan al extranjero en busca de nuevas oportunidades laborales o para realizar estudios superiores. Por ello, si en el país extranjero donde resides nace tu bebe, ten en cuenta los siguientes aspectos para obtener la Ciudadanía Peruana.
Es el vínculo jurídico y civil que otorga la República del Perú a una persona natural. En el caso de los hijos/as nacidos/as en el exterior de padres o madres peruanos de nacimiento, tienen derecho a adquirir la nacionalidad peruana. Así lo establece el Artículo 52 de la Constitución Política.
En caso de los menores de edad, la persona adquiere la nacionalidad con la sola inscripción en el Registro del Estado Civil, Sección Nacimientos, de la Oficina Consular del país donde residen, conforme el Inciso 3 del artículo 2 de la Ley de Nacionalidad.
En el caso de mayores de edad, estos pueden manifestar de manera libre su voluntad de adquirir la nacionalidad.
El Consulado Peruano de la jurisdicción del solicitante es el órgano competente para realizar el trámite de nacionalización. No es necesaria una nueva inscripción cuando el solicitante regrese a Perú, pues los trámites tienen plena validez jurídica.
Los declarantes pueden ser las siguientes personas:
En caso de que el Registro de Nacimiento sea procedente, la nacionalidad peruana se entregará el mismo día del trámite.
La copia Certificada de la Partida de Nacionalidad peruana es gratuita. No obstante, dependerá de cada Consulado establecer un costo por una copia adicional del documento si es requerida.
No. Debido a que la nacionalidad es un derecho personalísimo, el trámite solo se efectúa de forma presencial. Una vez obtenida toda la documentación requerida, los interesados deben programar una cita en el Consulado para la presentación de los documentos.
Cada Consulado establece los documentos que deben presentarse para adquirir la ciudadanía peruana. No obstante, de forma general, en cualquier país extranjero los interesados deberán presentar los siguientes documentos:
La Nacionalidad Peruana es un derecho fundamental, por la que nadie puede ser despojado de ella, conforme lo establece el numeral 21 del artículo 2 de la Constitución Política Peruana. Podrás solicitarla en cualquier Consulado Peruano del mundo. ¡Buena suerte!